Calculadora de IVA Online Gratis: Añadir y Quitar IVA en España

Calcular el IVA de un precio es una tarea habitual tanto para particulares como para autónomos y empresas. Esta calculadora de IVA online permite añadir o quitar el Impuesto sobre el Valor Añadido de cualquier importe en segundos, utilizando los tipos vigentes en España: el general del 21 %, el reducido del 10 % y el superreducido del 4 %, además de un tipo personalizado para otros porcentajes. Es una herramienta gratuita pensada para resolver de forma rápida el cálculo del IVA, ya sea para facturas, presupuestos o compras cotidianas.

Calculadora IVA

Tipos de IVA español: 21% · 10% · 4%

¿Qué es esta calculadora de IVA y para qué sirve?

Esta calculadora de IVA España está diseñada para dos operaciones opuestas: añadir IVA a un precio sin impuestos para obtener el precio final, o quitar IVA de un precio final para conocer la base imponible. Basta con introducir el importe, elegir el tipo de IVA aplicable y seleccionar la operación deseada. El resultado muestra siempre tres datos: el precio con IVA, la base imponible y el importe correspondiente al impuesto, de forma que no hace falta memorizar ninguna fórmula ni usar una hoja de cálculo aparte.

Añadir IVA
Precio sin IVAPrecio con IVA
Quitar IVA
Precio con IVABase imponible

Cómo añadir o quitar IVA con la calculadora

El funcionamiento es el mismo tanto si se trata de una calculadora de IVA 21 como de cualquier otro tipo:

El resultado puede descargarse en PDF, lo que resulta útil para conservarlo junto a una factura o un presupuesto.

  1. Elige la operación: añadir IVA o quitar IVA.
  2. Introduce el precio sobre el que quieres calcular.
  3. Selecciona el tipo de IVA: general (21 %), reducido (10 %), superreducido (4 %) o personalizado, indicando el porcentaje que corresponda.
  4. Pulsa "Calcular IVA" para obtener el resultado.

Tipos de IVA en España: general, reducido y superreducido

En España existen tres tipos principales de IVA, y conocerlos es clave para usar correctamente la calculadora:

Tipo general (21 %):

se aplica a la mayoría de productos y servicios que no tienen un tipo reducido específico.

Tipo reducido (10 %):

corresponde a alimentos en general, hostelería, transporte de viajeros y obras de rehabilitación de viviendas.

Tipo superreducido (4 %):

se aplica a alimentos básicos como el pan, la leche o los huevos, así como a libros y medicamentos.

¿Cómo se añade el IVA a un precio?

Para añadir IVA, se multiplica la base imponible por 1 más el tipo aplicable expresado en forma decimal. Con el tipo general, esto equivale a multiplicar por 1,21. Por ejemplo, un producto de 80 € sin IVA cuesta 96,80 € una vez aplicado el 21 %. La calculadora automatiza este cálculo para cualquiera de los tipos vigentes, incluido el personalizado.

Añadir IVA · 21 %
80 € × 1,21
Base imponible80 €
Precio con IVA96,80 €
Base imponible × (1 + tipo de IVA / 100)
Quitar IVA · 21 %
121 € ÷ 1,21
Precio con IVA121 €
Base imponible100 €
Precio con IVA ÷ (1 + tipo de IVA / 100)

¿Cómo se quita el IVA de un precio?

Para quitar el IVA y obtener la base imponible, se divide el precio final entre 1 más el tipo aplicable. Con el tipo general, esto significa dividir entre 1,21. Así, un precio de 121 € con IVA incluido corresponde a una base imponible de 100 €. Este cálculo es especialmente útil cuando se dispone del precio final de una factura o un ticket de compra y se necesita conocer cuánto corresponde al impuesto y cuánto a la base, por ejemplo, para la contabilidad de un negocio.

Calculadora de IVA e IRPF: el caso de las facturas de autónomos

Muchos autónomos buscan una calculadora de IVA e IRPF porque sus facturas suelen incluir ambos conceptos a la vez: el IVA, que se añade al precio del servicio, y la retención de IRPF, que se resta como anticipo del impuesto sobre la renta. Esta calculadora de IVA y IRPF está centrada específicamente en el cálculo del IVA —añadirlo o quitarlo de un importe—, por lo que para obtener el total de una factura con retención de IRPF es necesario aplicar ambos conceptos por separado: primero calcular el IVA sobre la base imponible y, después, restar el porcentaje de retención de IRPF que corresponda según la actividad y la situación del profesional.

IVASe añade al precio del servicio
Retención de IRPFSe resta como anticipo del impuesto sobre la renta

Aplicar ambos conceptos por separado.

IVA y recargo de equivalencia
ConceptoBase de cálculo
IVABase imponible
Recargo de equivalenciaLa misma base imponible

El recargo de equivalencia debe añadirse de forma independiente.

Recargo de equivalencia: qué es y cómo se relaciona con el IVA

El recargo de equivalencia es un régimen especial del IVA aplicable a determinados comerciantes minoristas en España, que consiste en un porcentaje adicional que el proveedor repercute junto al IVA habitual. Quien busca una calculadora IVA y recargo de equivalencia necesita sumar, además del tipo de IVA correspondiente, este recargo adicional, cuyo porcentaje varía según el tipo de IVA aplicado al producto. Esta calculadora de IVA permite obtener con precisión el importe del IVA sobre cualquier base; el recargo de equivalencia, al ser un porcentaje distinto y específico de este régimen, debe añadirse de forma independiente sobre la misma base imponible.

Preguntas frecuentes

Desde 2023, algunos alimentos básicos, como el aceite de oliva, la pasta o las legumbres, han tenido en España tipos reducidos o temporalmente del 0 % dentro de las medidas contra la inflación. Como esta normativa puede cambiar, conviene consultar siempre la regulación vigente en el momento del cálculo.

Sí. Con la opción de tipo personalizado se puede introducir cualquier porcentaje, lo que permite calcular el IVA o impuesto equivalente de otros países, como el 16 % de México o el 19 % de Chile.

No necesariamente. Existen distintas calculadoras de IVA ofrecidas por bancos, gestorías u otros sitios web; esta es una herramienta independiente y gratuita que aplica los tipos oficiales vigentes en España para calcular el IVA de cualquier importe.

No. La base imponible es el precio antes de aplicar el IVA y no incluye impuestos especiales adicionales, como el IGIC vigente en Canarias.

En operaciones exentas, como los servicios médicos, los seguros, determinadas operaciones financieras, la educación reglada o el alquiler de vivienda para uso habitual, entre otras actividades reguladas por la normativa del IVA.